sábado, 12 octubre 2024
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La Consejería de Agricultura establece medidas fitosanitarias para controlar la presencia del mosquito del trigo

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural publicó ayer en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Orden por la que se declara oficialmente la existencia de la plaga del mosquito del trigo (Mayetiola desctructor) que ha afectado esta campaña a determinadas zonas cerealistas de Andalucía, entre las que se encuentra la campiña cordobesa. Asimismo, con esta publicación se establecen también las medidas fitosanitarias obligatorias para su control y evitar su dispersión, entre ellas la autorización de la quema opcional de rastrojos.

En los territorios donde se reconoce la existencia de la plaga, los productores de trigo afectados por el mosquito deben aplicar la incorporación al suelo de los rastrojos del cultivo mediante laboreo, enterrando los restos de cultivo que quedan tras la recolección del cereal. También deberán llevar a cabo una rotación de cultivos, eliminar los rebrotes de cereal en el otoño próximo y evitar las siembras tempranas o muy tardías del trigo en la próxima campaña. Además, desde la Consejería se recomienda utilizar los productos fitosanitarios autorizados para el control de esta plaga en la semilla que se utilizará para la siembra del nuevo cereal.

De manera opcional, la Consejería permite la quema excepcional del rastrojo por motivos fitosanitarios, si bien esta acción debe hacerse siempre de forma controlada y cumpliendo los requisitos establecidos en la Orden. Entre estas condiciones se encuentra la obligación de comunicar la quema de rastrojos a la Oficina Comarcal Agraria que corresponde al agricultor, realizar un perímetro de diez metros de anchura, fraccionar el fuego en zonas de no más de 10 hectáreas, y no realizar ninguna quema si las condiciones meteorológicas son adversas. Además, el titular de la finca debe establecer una vigilancia permanente hasta dos horas después de finalizar la quema y disponer de un tractor con grada y una dotación de agua.

Además de las fincas de este cereal situadas en el área delimitada por el BOJA, también deben llevar a cabo las mismas medidas fitosanitarias aquellos titulares de explotaciones de trigo de la campaña 2015/2016 que hayan contratado un seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos herbáceos extensivos del Plan de Seguros 2015 y que hayan sufrido daños por esta plaga.

Los agricultores que no se encuentren en ninguno de estos dos casos pero que también han sufrido las consecuencias del mosquito del trigo en sus cultivos, pueden acogerse a las medidas establecidas en la Orden si comunican su situación a la Delegación Territorial de la Consejería que corresponda presentando una declaración de afección de la plaga y un informe pericial.

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