miércoles, 24 abril 2024
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Medio Ambiente aprueba la Orden General de Vedas para las próximas temporadas cinegéticas en Andalucía

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha aprobado recientemente la nueva orden en la que se recogen las vedas y períodos hábiles de caza y en la que se dan a conocer las novedades, de acuerdo con el nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza. En esta norma se incluyen las medidas acordadas en el último Comité de Caza para favorecer una actividad cinegética respetuosa, ordenada y sostenible en todo el territorio andaluz.

Entre los cambios registrados sobresale el referido a la incorporación en caza mayor de una modalidad, en concreto la del aguardo nocturno para jabalí, con la que se pretende poner freno a la expansión demográfica de esta especie, que se caracteriza por adaptarse fácilmente a cualquiera de los entornos presentes en el territorio andaluz y por tener una elevada capacidad reproductiva. De esta manera se pretende evitar en la medida de lo posible los riesgos sanitarios y deterioro del ecosistema, la ganadería, la agricultura y el propio medio urbano. Esta modalidad se podrá practicar esta temporada desde el 12 de agosto al 10 de febrero en cotos de caza mayor y en cotos con menor aprovechamiento secundario de mayor.

Otra novedad es la inclusión de la utilización de ‘perros de madriguera’ para la captura del zorro, que consiste en cazar en la boca de las madrigueras con perros de razas específicas y que con independencia del número de cazadores solo se podrá emplear un arma de fuego. Con ello se quiere favorecer a las poblaciones de especies de caza menor, principalmente conejo y perdiz roja, además de otras protegidas como el lince ibérico. Esta actividad se podrá realizar durante la temporada 2018-2019 desde el 12 de agosto hasta el 10 de febrero, siendo hábiles exclusivamente los jueves, sábados, domingos y festivos.

Respecto a la caza del conejo, se ha incorporado la modalidad de ‘a diente en mano’, recogida en el Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía y donde sin armas de fuego un cazador o un grupo acompañado por un máximo de tres perros por persona, recorre el terreno en busca de las piezas. El periodo hábil para la captura de esta especie abarca desde el 12 de agosto hasta el 30 de diciembre.

Otra de las novedades de la orden de veda de esta temporada es la adaptación del artículo 7 referido a la perdiz roja, liebre, codorniz, becada y resto de especies de caza menor al citado decreto, en relación con las nuevas modalidades y clases de escenarios de caza.

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