miércoles, 24 abril 2024
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La Junta incluye a Baena entre los municipios cordobeses afectados por plaga de conejos y autoriza su caza

La Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA la Resolución de 27 de mayo de 2020 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible por la que se adoptan un conjunto de medidas cinegéticas excepcionales para controlar el incremento de las poblaciones de conejo silvestre, autorizando su caza durante la próxima temporada para evitar así daños en cultivos e instalaciones agrícolas de una veintena de términos municipales de la provincia de Córdoba, entre los que se incluye Baena. Estas medidas se extienden también a varios municipios de las provincias de Jaén, Málaga y Sevilla.

En concreto, los municipios cordobeses en los que se permite la caza de conejos son: Aguilar de la Frontera, Baena, Benamejí, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, La Carlota, Castro, del Río, Fernán Núñez, Guadalcázar, Iznájar, Lucena, Montalbán de Córdoba, Montilla, Monturque, Moriles, Puente Genil, La Rambla, Santaella y La Victoria.

El texto de la propia Resolución señala que “será el gestor cinegético quien deberá encargarse de adecuar la presión cinegética garantizando el control de daños y el equilibro poblacional” y, a su vez, indica que “la delimitación de la zona afectada por las medidas cinegéticas excepcionales se corresponde con aquellos terrenos cinegéticos con plan técnico de caza en vigor que contemplen el control de daños por conejos”.

Según recoge el BOJA, la caza de conejos se podrá llevar a cabo “en vivo con hurón y redes, y mediante capturadero durante toda la temporada cinegética”. Cuando se realice con armas de fuego o con aves de cetrería, el periodo se amplia desde el 30 de noviembre hasta el 26 de abril, siendo hábiles para las armas de fuego, los jueves, sábados y domingos, y durante todos los días en el caso de la cetrería, pudiendo utilizarse todas las aves de cetrería adecuadas a la presa. Para el empleo de perros, el plazo abarca desde el 30 de noviembre hasta el 7 de febrero.

Al margen de esta regulación general, las Delegaciones Territoriales competentes podrán autorizar excepcionalmente el empleo de otros medios de captura, de acuerdo con lo contemplado en la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres. Además, a lo largo del nuevo periodo hábil de caza del conejo (del 9 de agosto al 29 de noviembre) se aplicarán las medidas contempladas en los planes técnicos de caza, así como las fijadas en la normativa relativa a los plazos establecidos para cazar.

Asimismo, la Consejería ha explicado que “con el fin de facilitar la efectividad de las medidas, se suspenden la suelta y repoblación de conejos silvestres, incluidos y autorizados en los planes técnicos de caza en vigor en los términos municipales a los que hace referencia la Resolución de emergencia publicada en el BOJA. Cuando el destino de los conejos capturados sea la repoblación de otros cotos, deberán adoptarse medidas preventivas, así como cumplir la normativa vigente en materia de sanidad animal, transporte y comercialización en vivo de especies cinegéticas”.

El conejo silvestre es una especie clave de los ecosistemas mediterráneos, “considerándose como el principal recurso trófico de muchas especies amenazadas y uno de los mejores indicadores biológicos del territorio”. Su amplia distribución histórica en el territorio ha permitido además que su caza “sea una de las actividades cinegéticas con mayor tradición en Andalucía” y que el conejo sea la pieza de caza menor “más frecuentemente cobrada por los cazadores”. De ahí, la “importancia socieconómica y ambiental” que juega esta especie en la región.

Aunque se considera una especie en peligro en la sierra, los conejos se han convertido en una especie de plaga en algunas zonas de campiña en Córdoba y en varios puntos de Andalucía. Estos animales en estas zonas carecen de depredadores que hacen que se reproduzcan de manera muy veloz y que acaben provocando graves daños en la agricultura.

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