jueves, 28 marzo 2024
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El concejal Alfonso Rojano, -en primer plano a la derecha- durante el Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Baena celebrado el 26 de noviembre de 2020. Foto de archivo: TV Baena.

El juez acuerda continuar con las actuaciones sobre el Pleno de Baena previo a la moción de censura

El juez titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Córdoba ha acordado proseguir las actuaciones sobre la decisión adoptada en la sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Baena el 26 de noviembre a las 8.30 horas de considerar concejal no adscrito y, por tanto, tomar conocimiento de la salida del edil Alfonso Rojano del partido político Independientes por Baena y Albendín (Iporba) como así informa hoy el diario Córdoba.

En sus razonamientos, el juez expone que “en esta anticipada fase procesal no cabe declarar la inadmisibilidad pues la cuestión tiene relevancia desde el prisma del procedimiento por el que la parte recurrente ha optado y deberá resolverse en sentencia si se ha producido o no una limitación injustificada del ejercicio”. De hecho, la celebración de ese pleno fue determinante para que el PSOE e IU retiraran la moción de censura contra la alcaldesa del PP, Cristina Piernagorda, minutos antes del inicio de la sesión plenaria en la que esta debía debatirse.

Por otra parte, declara la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo para la protección de los derechos fundamentales contra comunicación de Iporba al Ayuntamiento de la suspensión temporal de militancia y más tarde la expulsión de Alfonso Rojano por “falta de jurisdicción”, estimando competente la civil al tratarse de actividades no susceptibles de impugnación.

Fue a finales de diciembre cuando el juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Córdoba admitió a trámite el recurso de amparo de derechos fundamentales de Alfonso Rojano. En el recurso señalaba que el 5 de octubre Iporba inició un expediente sancionador que concluyó con su expulsión del partido el 20 de noviembre y que el motivo de dicho expediente “ha sido impugnado ante la jurisdicción civil”.

 

FUENTE: DIARIO CÓRDOBA/ M. Luz Ariza

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